ÚLTIMOS ARTÍCULOS

10 AM | 17 May

Doce hombres sin piedad, jueves 21

12 hombres sin piedad sigue siendo una lección casi insolente de grandeza cinematográfica. Sidney Lumet demuestra, en su ópera prima, que basta una habitación cerrada, doce hombres sudando prejuicios y una duda razonable para construir una de las películas más intensas, humanas y moralmente poderosas de la historia del cine. Estrenada en 1957 y nacida del impulso de Henry Fonda y Reginald Rose, la película no solo plantea un juicio: examina la conciencia. Porque, detrás de ese jurado obligado a decidir sobre la vida de un muchacho, lo que verdaderamente se sienta en el banquillo es la comodidad del prejuicio, la cobardía de la masa y la difícil valentía de pensar en soledad

Esta ópera prima de un Sidney Lumet ya curtido en el mundo de la televisión nace como una apuesta del productor y protagonista, nuestro querido jurado nº 8, Henry Fonda, quien, a pesar de que la cinta no fue un grandísimo éxito de taquilla, afirmaba que era una de las mejores películas que había hecho. Hoy nadie puede decir lo contrario, pues estamos ante una maravillosa película, se mire por donde se mire. Un Sidney Lumet, por cierto, que llega a oídos de Fonda porque tenía fama de cumplir con el presupuesto y con los plazos de producción.

Nos enfrentamos a un filme cuyo primer y principal impacto en el espectador del siglo veintiuno es el poder descubrir lo que el cine una vez fue, y para el espectador algo más canónico, el devolverle la fe en el séptimo arte. Y lo hace simplificando lo complejo, tanto a nivel de guion como de puesta en escena e interpretación:

A nivel de guion, porque es capaz, en noventa y cinco minutos, de plantear una cuestión moral de inmensa profundidad, debatirla y resolverla; con ese espíritu americano que un día a todos nos inspiró ansias de libertad y esa inocencia propia de los hombres de bien.

Un hombre sólo frente a la unanimidad de prejuicios, frente al peso de un sistema judicial lleno de taras. Un hombre que se atreve a hacerse preguntas en una búsqueda de la verdad que desdeña y somete el protocolo. Y así, cada uno de los otros miembros del jurado se van viendo forzados a enfrentar la realidad de su vida e incluso la posibilidad de que, quizás, estaban condenando a muerte a un chico inocente.

Y aunque todos los personajes que forman parte de este jurado serían dignos de una página o más, destaca entre ellos el interpretado por Lee J. Cobb.

La construcción de este personaje a lo largo de la trama es sencillamente magistral, con un final maravilloso, todo ello sobre las alas de la excelencia interpretativa del actor.

La magia de Lumet se pone de manifiesto en una puesta en escena sencillamente deliciosa, que logra mantener un ritmo perfecto y una tensión digna de una sinfonía de Bach, a pesar de que prácticamente toda la película transcurre en una sala diminuta.

La técnica en el uso de la escala de planos, junto con una fantástica dirección de fotografía, atraen la atención del espectador y la mantienen sin agotarla, aunque no por ello sin hacernos pasar momentos de altísima tensión, recompensados, eso sí, con momentos de respiro perfectamente calculados.

La simbología de los picados y contra picados y la ley de la mirada destacan para el ojo avizor.

El realizador comenzó así su carrera en el cine con una auténtica obra maestra, y ha seguido deleitándonos desde entones. Muchas gracias señor Fonda, por habernos hecho conocer a Sidney Lumet en la gran pantalla.

 

Compártelo:
09 AM | 15 May

Comentario sobre «El acusado»

Lo mejor de la película, además de Charlotte Gainsbourg, es que muestra bien la complejidad del problema.

Desde el punto de vista estrictamente penal, condenar al chico requiere, como dijo su abogado en su alegato final, la convicción «más allá de toda duda razonable» de que, siendo consciente de que no eran consentidas por la chica, él forzó la felación y llevó a cabo la penetración vaginal.

Como prueba de cargo, poco más hay que el testimonio de ella. ¿Es eso suficiente? En España, el testimonio de la víctima como única prueba de cargo se admite para condenar cuando en ese testimonio: (1) no se aprecia incredibilidad subjetiva, es decir, no se aprecian factores que puedan motivarlo con intención espuria, como resentimiento, inquina anterior o deseo de venganza; (2) se aprecia coherencia objetiva del relato, es lógico, no incurre en contradicciones esenciales, la descripción de los hechos resulta creíble, posible e incluso probable para una persona media normal; (3) hay persistencia en la incriminación, la víctima mantiene la misma versión desde el primer momento, cuanto más inmediato a los hechos mejor, hasta el juicio.

Evidentemente, ayudan a la convicción del tribunal para condenar las corroboraciones externas, como partes médicos, informes psicológicos, testigos indirectos, comunicaciones intercambiadas, etc.

Por cierto, en España las agresiones sexuales no son juzgadas por jurado popular sino por tribunal profesional.

¿Es suficiente lo que muestra la película para formar una convicción, más allá de toda duda razonable, de que el chico agredió sexualmente a la chica? Eso ya, cada cual.

Y sí, he leído el libro de Clara Serra, de hecho varias veces, porque tiene mucha enjundia, muchos matices. Tantos, que puede servir para sacar conclusiones diversas, incluso opuestas, dependiendo de quién lo lea.

En titulares y sin espacio ni tiempo para una reseña profunda, que sería siempre polémica, porque el libro se presta a ello, me quedo con la complejidad del sexo y del problema del consentimiento.

La práctica de sexo es compleja, a veces oscura, a veces violenta. El deseo es inescrutable y volátil en el tiempo, incluso en el tiempo corto.

La estructura ambiental, las relaciones de poder, son decisivas.

¿La expresión de un sí demuestra inequívocamente consentimiento?, ¿o puede ser más bien una mera cesión a una presión, concreta o ambiental?, ¿y un sí ya no es revocable, siquiera a los 15 segundos, por deseo esfumado o por lo que sea?, ¿se requiere un no explícito para acreditar ausencia de consentimiento o cabe que ese no sea imposible de expresar por miedo o intimidación?, ¿y no es inherente a la práctica del sexo el no sé, voy a ir viendo?

Muchas preguntas complejas sin respuesta clara. Lo que escribía al principio, un problema complejo.

Rafael Abati

 

Compártelo:
12 AM | 08 May

EL ACUSADO

Lo que logra el director Yvan Attal en El acusado, aparte de la mejor película de su carrera, hasta la fecha, es un verdadero triunfo del equilibrio y la objetividad sobre un tema muy peliagudo que, sin duda, continúa despertando debates a diario: el de las agresiones sexuales. Todos recordamos las ampollas que levantó en su día una cinta como Acusados (Jonathan Kaplan, 1988) que, basándose en hechos reales, mostraba el calvario de una joven que sufría una violación múltiple en el interior de un bar, mientras decenas de testigos jaleaban y animaban sin mover un dedo por defender a la víctima. A aquella traumática experiencia se uniría la vivida durante un juicio en el que la acusación no dudaba en poner el foco de atención en una supuesta conducta indecorosa y provocativa de la mujer, acusándola poco menos que de incitar a aquellos hombres a tener relaciones sexuales con ella a la vista de todos. Más de treinta años después, el movimiento #MeToo ha conseguido concienciar a la sociedad de la situación de desamparo a la que estaban sometidas tantas mujeres, animándolas a denunciar y señalar con el dedo a los depredadores sexuales que han tratado de silenciarlas, casi siempre ejerciendo abusos de poder. En España, por ejemplo, el último paso para tratar de acabar con esta plaga, recrudeciendo las penas contra los verdugos y protegiendo con más contundencia a las víctimas, ha sido la aprobación de una ley denominada como «solo sí es sí», que habla de la importancia del consentimiento bilateral antes de consumar una interacción sexual, como manera de acabar con cualquier ambigüedad que pudiera surgir en una situación denunciada, ya sea ejercida bajo el uso de la fuerza o no, acabando así con aquella fina línea que separaba el abuso de la agresión sexual. De esto habla la película, de vacíos legales, peligrosas zonas grises a las que se pueden agarrar los violadores cuando no se puede demostrar si hubo o no consentimiento por parte de las víctimas y de cómo una única verdad universal puede ser contada y distorsionada, interesadamente por una parte u otra, llegando a convertirse en relativa, sin que se llegue a saber a ciencia cierta qué sucedió en realidad.

Leer más…

Compártelo:
09 AM | 01 May

LA PASION DE JUANA DE ARCO

Existen películas que, más que como productos de su época, se sienten como experiencias atemporales o sueños lúcidos. El clásico de Carl Theodor Dreyer (1889-1968), La pasión de Juana de Arco (La Passion de Jeanne d’Arc), es una de ellas. Considerada como una de las mejores películas del cine mudo, es una historia que, lejos de sentirse valiosa únicamente por ser un documento histórico fidedigno (aunque en cierto modo lo es), demuestra lo mucho que se podía hacer antes del cine sonoro, especialmente en lo que se refiere a la experimentación visual, con una gran variedad de planos, movimientos de cámara, y hasta propuestas de dirección de arte.

Aparte de lo que el filme propone a nivel formal, lo más impactante, lo más sorprendente de La pasión de Juana de Arco, en particular para quienes la ven por primera vez, está en lo inesperadamente moderna que se siente. Esto se puede deber a lo mucho que favorece los primeros planos; a su estilo de montaje, el uso de entrelazados de diferentes momentos y planos de rostros inconexos; o incluso a cómo luce, con una protagonista de pelo corto que no se vería fuera de lugar en el siglo veintiuno. Lógicamente, La pasión de Juana de Arco es de visionado obligatorio para cualquier cinéfilo o cineasta, pero para quienes nunca hayan visto un filme de hace casi cien años, también se puede tratar de una experiencia interesante y hasta reveladora.

Pero regresando a su valor histórico La pasión de Juana de Arco está basada en el registro real de los juicios religiosos que le hicieron a la joven de Orleans en el siglo quince antes de que la quemen en la hoguera. Evidentemente, fueron varias sesiones —intercaladas con tortura— por las que tuvo que pasar, pero Dreyer las combina para entregarnos solo una. Es así que vemos a Juana (Renee Maria Falconetti) siendo juzgada por un grupo de curas y monjes aliados de los británicos, luego de ser capturada por franceses también aliados con el enemigo. Sus jueces están frente a ella no para darle la oportunidad de defenderse o para ser justos, sino más bien para asegurarse de que podrán deshacerse de ella. Inicialmente, solo quieren encerrarla de por vida, pero como bien sabemos, su destino eventual es mucho más terrible.

Leer más…

Compártelo: